El Congreso del Estado recibió la iniciativa para tipificar el delito de ciberacecho en Puebla. La propuesta contempla penas de hasta 10 años de prisión.
La diputada de Morena, Guadalupe Yamak Taja, presentó la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla.
La legisladora de Morena propone incorporar el artículo 278 Decies para tipificar esta conducta delictiva.

Con esta medida se pretende cerrar un vacío legal sobre las conductas de acecho cometidas a través de medios electrónicos.
La iniciativa señala que actualmente existen figuras como el ciberacoso, sin embargo, se considera necesario definir el delito de acecho con sanciones específicas.
El documento advierte que este delito afecta principalmente a mujeres, niñas, niños y adolescentes. También sostiene que estas conductas no deben permanecer impunes.
“El acecho es una forma de hostigamiento que ha afectado de manera grave a varios grupos sociales, principalmente a las mujeres”, expone la iniciativa.
La propuesta define el acecho como actos de vigilancia, seguimiento, persecución, observación o contacto insistente sin consentimiento.
También incluye el monitoreo por medios físicos o digitales. Estas acciones deben alterar la vida cotidiana de la víctima y generar temor físico o psicológico.
Penas por ciberacecho en Puebla llegarían a 10 años de cárcel
La iniciativa de reforma al Código Penal establece penas de dos a cinco años de prisión para quien cometa este delito.
Las sanciones aumentarían hasta en una mitad cuando la víctima sea menor de edad, adulta mayor o integrante de un grupo vulnerable.
El incremento también aplicaría si existió una relación afectiva entre víctima y agresor o cuando el responsable sea servidor público.
Con estas agravantes, la pena máxima alcanzaría los 10 años de prisión.




