Congreso perfila reducción de regidurías en Puebla

Comisión de Gobernación del Congreso de Puebla aprueba reformas en materia electoral

El Congreso del Estado perfila la reducción de regidurías en Puebla capital a un máximo de 15 integrantes, sin incluir la presidencia municipal y sindicatura.

En sesión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso se aprobaron cuatro proyectos de dictamen en materia electoral, sobre el funcionamiento de la administración pública y la eficiencia en el trabajo legislativo.  

Durante la sesión avalaron el proyecto de dictamen por el que se reforman el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, el cual tiene entre sus objetivos armonizar la reforma constitucional federal y local en materia municipal. 

En este sentido, destaca la integración de los Ayuntamientos bajo el principio de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva, la limitación en el número de regidurías a un máximo de 15.

Se incluye la prohibición de participar en procesos de elección municipal a personas que tengan o hayan tenido vínculo de matrimonio, concubinato o unión de hecho o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta, sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula. 

Se establece que las remuneraciones de las personas consejeras electorales, la persona titular de la Secretaría Ejecutiva y titulares de las áreas administrativas del Instituto Electoral del Estado no podrán exceder el límite establecido en el artículo 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

No podrán adquirir o contratar, con recursos públicos, seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorros especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas en la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. 

De la misma forma, se incorpora la causal de nulidad por intervención extranjera, a fin de blindar de manera integral los procesos electorales de la entidad. Asimismo, se establece que la presidencia del Tribunal Electoral del Estado sea por un periodo de tres años; además, se establecen diversas modificaciones procesales.

Avalan reforma para reducción de regidurías en Puebla

Los diputados también aprobaron el proyecto de dictamen por el que se reforman los artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica Municipal, para la reducción de regidurías en Puebla.

La reforma tiene como objetivo armonizar la reforma constitucional federal y local, estableciendo los parámetros respecto a la integración de los Ayuntamientos, la distribución de regidurías, los principios de paridad e igualdad sustantiva, así como las reglas de elegibilidad.  

El proyecto de dictamen precisa que, además del presidente o presidenta municipal y la sindicatura, la capital del Estado contará con 11 regidurías de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional. En los municipios que, con base en el último Censo General de Población, cuenten con 90 mil o más habitantes, tendrán ocho regidurías de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional. 

Para los municipios con población de 60 mil a menos de 90 mil habitantes, habrá ocho regidurías de mayoría relativa y tres de representación proporcional. En los demás municipios, seis regidurías de mayoría relativa y dos de representación proporcional. 

El proyecto de dictamen fue elaborado con las iniciativas de las y los diputados Fedrha Isabel Suriano Corrales, Julio Miguel Huerta Gómez, Susana del Carmen Riestra Piña y Marcos Castro Martínez, así como por el titular del Ejecutivo. 

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